Cobranza judicial para municipios
I.M.
Ilustre Municipalidad de
Secretaría Municipal
Certificado N°2026-014882
CERTIFICADO DE DEUDA

PATENTE COMERCIAL

Art. 47 · D.L. N° 3.063 · Ley de Rentas Municipales · Título ejecutivo

Individualización del contribuyente
Rol de patente4-002317
R.U.T.76.412.338-5
TipoComercial · Definitiva
Razón social · Giro
Domicilio comercial
Períodos adeudadosValores en pesos al 30-06-2026
Semestre
Capital
Reajuste
Interés
Multa
Total
2° sem. 2024
1° sem. 2025
2° sem. 2025
1° sem. 2026
Total deuda exigible$ 4.386.720
Certifica
Secretario(a) Municipal
Secretaría MunicipalPATENTESIlustre Municipalidad
Documento de demostración. No constituye título ejecutivo ni documento tributario válido.
SSR
SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS REGULADOS
Res. Ex. N°000000001

VISTOS:

CONSIDERANDO:

RESUELVO:

Multa50 UTM

ANÓTESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE.

Superintendente
Superintendencia de Servicios ReguladosSancionesSantiago · Chile
Notificación
Ejecutoria
Documento de demostración. No constituye título ejecutivo ni documento tributario válido.
PRIMER JUZGADO DE
POLICÍA LOCAL DE PROVIDENCIA
Rol N°000000-X-20XX

VISTOS:

CONSIDERANDO:

SE RESUELVE:

Multa1 UTM$ 000.000
Juez
Secretario
Primer Juzgado de Policía LocalProvidenciaRepública de Chile
Certificado de ejecutoria
Documento de demostración. No constituye título ejecutivo ni documento tributario válido.
TGR
Tesorería General de la RepúblicaImpuesto territorial · bienes raíces
Rol de avalúo02417·00089
AVISO DE PAGOcontribuciones de bienes raíces · deuda vencida
PropietarioINMOBILIARIA PEUMAYÉN LTDA.
ComunaQUILICURA
DestinoCOMERCIO
Avalúo fiscal$ 78.420.000
CuotaPeríodoVencimientoNetoReajuste e interésTotal
1202430·04·2024142.31821.347163.665
2202430·06·2024142.31818.502160.820
3202430·09·2024142.31814.232156.550
4202430·11·2024142.3189.962152.280
Total girado633.315
Identificación del giro
0241 7000 8900 2024 0004 6333 15
Tesorería GeneralTGRCobranza · Código Tributario
Cupón de pago · desprenda por la líneaROL 02417·00089 · 4 cuotas
Pague en Tesorería, bancos
o instituciones recaudadoras.
Total$ 633.315
Deuda vencida
Documento de demostración. No constituye título ejecutivo ni documento tributario válido.
POR INDUSTRIA

Cobranza judicial para Municipios.

Los municipios acumulan deuda de patentes comerciales, derechos de aseo, permisos y multas que rara vez llega a cobrarse judicialmente.

QUÉ COBRAMOS

Los municipios acumulan deuda de patentes comerciales, derechos de aseo, permisos y multas que rara vez llega a cobrarse judicialmente. La Ley de Rentas Municipales entrega la herramienta: el certificado de deuda emitido por el secretario municipal es título ejecutivo y permite demandar directamente al contribuyente moroso (art. 47 del D.L. 3.063).

El procedimiento es el juicio ejecutivo ante el Juzgado Civil para patentes y derechos, y el Juzgado de Policía Local para las multas. A eso se suma una facultad administrativa propia del municipio: la clausura del establecimiento que funciona sin pagar su patente, que suele acelerar el pago más que cualquier embargo.

Kartera ordena la cartera municipal por tipo de deuda y contribuyente, emite la documentación con el secretario municipal y la Dirección de Administración y Finanzas, y lleva las causas en la plataforma, con reporte para el concejo y la Contraloría.

TIPOS DE DEUDA
  • Patentes comerciales, industriales y profesionales
  • Patentes de alcoholes
  • Derechos de aseo domiciliario
  • Permisos de ocupación de bien nacional de uso público
  • Multas de Juzgado de Policía Local
  • Derechos de publicidad y propaganda
TÍTULOS EJECUTIVOS

Los documentos que ejecutamos.

Un título ejecutivo permite ir directo al embargo, sin discutir primero la existencia de la deuda. Estos son los que aparecen en carteras de municipios.

I.M.
Ilustre Municipalidad de
Secretaría Municipal
Certificado N°2026-014882
CERTIFICADO DE DEUDA

PATENTE COMERCIAL

Art. 47 · D.L. N° 3.063 · Ley de Rentas Municipales · Título ejecutivo

Individualización del contribuyente
Rol de patente4-002317
R.U.T.76.412.338-5
TipoComercial · Definitiva
Razón social · Giro
Domicilio comercial
Períodos adeudadosValores en pesos al 30-06-2026
Semestre
Capital
Reajuste
Interés
Multa
Total
2° sem. 2024
1° sem. 2025
2° sem. 2025
1° sem. 2026
Total deuda exigible$ 4.386.720
Certifica
Secretario(a) Municipal
Secretaría MunicipalPATENTESIlustre Municipalidad
Documento de demostración. No constituye título ejecutivo ni documento tributario válido.

Certificado de deuda

Certificado de deuda emitido por el secretario municipal: tiene mérito ejecutivo para patentes, derechos y tasas (art. 47 D.L. 3.063).

SSR
SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS REGULADOS
Res. Ex. N°000000001

VISTOS:

CONSIDERANDO:

RESUELVO:

Multa50 UTM

ANÓTESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE.

Superintendente
Superintendencia de Servicios ReguladosSancionesSantiago · Chile
Notificación
Ejecutoria
Documento de demostración. No constituye título ejecutivo ni documento tributario válido.

Resolución de multa

Resolución de multa firme, sin recursos pendientes. Las no pagadas se anotan en el Registro de Multas de Tránsito No Pagadas.

PRIMER JUZGADO DE
POLICÍA LOCAL DE PROVIDENCIA
Rol N°000000-X-20XX

VISTOS:

CONSIDERANDO:

SE RESUELVE:

Multa1 UTM$ 000.000
Juez
Secretario
Primer Juzgado de Policía LocalProvidenciaRepública de Chile
Certificado de ejecutoria
Documento de demostración. No constituye título ejecutivo ni documento tributario válido.

Sentencia · Juzgado de Policía

Sentencia firme del Juzgado de Policía Local: título ejecutivo perfecto (art. 434 N°1 CPC).

TGR
Tesorería General de la RepúblicaImpuesto territorial · bienes raíces
Rol de avalúo02417·00089
AVISO DE PAGOcontribuciones de bienes raíces · deuda vencida
PropietarioINMOBILIARIA PEUMAYÉN LTDA.
ComunaQUILICURA
DestinoCOMERCIO
Avalúo fiscal$ 78.420.000
CuotaPeríodoVencimientoNetoReajuste e interésTotal
1202430·04·2024142.31821.347163.665
2202430·06·2024142.31818.502160.820
3202430·09·2024142.31814.232156.550
4202430·11·2024142.3189.962152.280
Total girado633.315
Identificación del giro
0241 7000 8900 2024 0004 6333 15
Tesorería GeneralTGRCobranza · Código Tributario
Cupón de pago · desprenda por la líneaROL 02417·00089 · 4 cuotas
Pague en Tesorería, bancos
o instituciones recaudadoras.
Total$ 633.315
Deuda vencida
Documento de demostración. No constituye título ejecutivo ni documento tributario válido.

Contribuciones impagas

Impuesto territorial: la cobranza administrativa y judicial se rige por el Título V del Libro III del Código Tributario, no por el juicio ejecutivo civil.

PREGUNTAS FRECUENTES

Lo que nos preguntan en municipios.

¿Cómo cobra judicialmente un municipio una patente comercial impaga?

+

El secretario municipal emite un certificado que acredita la deuda, con contribuyente, rol de patente, períodos y monto. El artículo 47 del D.L. 3.063 le da mérito ejecutivo: se demanda ante el tribunal ordinario competente por las reglas del juicio ejecutivo del Código de Procedimiento Civil, con embargo de bienes del contribuyente.

¿El municipio puede clausurar un local por patente impaga?

+

Sí. La Ley de Rentas Municipales faculta al alcalde a decretar la clausura del establecimiento que no paga su patente, sin perjuicio del cobro judicial de lo adeudado.

¿Cómo se cobran las multas del Juzgado de Policía Local?

+

La sentencia firme del Juzgado de Policía Local es título ejecutivo. Además, las multas de tránsito impagas impiden renovar el permiso de circulación del vehículo, lo que en la práctica fuerza el pago. Además, al trabajar la cartera de forma masiva y automatizada, el costo por causa baja y la operación se vuelve sostenible para el mandante.

¿Las contribuciones se cobran igual que las patentes?

+

No. El impuesto territorial tiene una cobranza propia: el mismo artículo 47 remite al Título V del Libro III del Código Tributario, que la entrega a la Tesorería General de la República. Las patentes, derechos y tasas municipales son las que se cobran con el certificado del secretario municipal en juicio ejecutivo. Además, al trabajar la cartera de forma masiva y automatizada, el costo por causa baja y la operación se vuelve sostenible para el mandante.

¿Cómo se contrata este servicio desde un municipio?

+

Mediante convenio con RAM Abogados y Kartera, conforme a la Ley de Compras Públicas. Los honorarios se pagan sobre lo recuperado, sin costo fijo para el municipio.

HONORARIOS

Sin costos fijos. Cobramos cuando recuperas.

Una comisión de entre 10% y 20% sobre lo efectivamente recuperado, según industria y perfil del deudor, y un monto acotado por cada caso que se castiga. La plataforma y el equipo van incluidos.

Ver honorarios Incluye un simulador para tu cartera.

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